El 5 de abril de 2019 se publicó el Real Decreto 244/2019 que ha supuesto una oportunidad para el autoconsumo en España introduciendo nuevos cambios regulatorios beneficiosos, reduciendo los trámites administrativos e introduciendo un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida para los consumidores con instalaciones solares de hasta 100 kW.

Germán Medina López, Director de Operaciones y defensor desde los inicios del autoconsumo, nos resuelve algunas de las dudas más habituales que surgen en torno a la nueva normativa.

 

 

Desde la publicación de este RD se han vivido meses de incertidumbre entre autoconsumidores e instaladores solares, hasta que se consolidaron algunos procedimientos de comunicación con las distribuidoras, con las comunidades autónomas y otros intermediarios.

Desde ecovatios ya estamos aplicando la compensación simplificada de excedentes a nuestros clientes con instalaciones fotovoltaicas, a partir de las medidas reales obtenidas de las compañías distribuidoras.

 

 

Podrán acogerse aquellas instalaciones de autoconsumo que no superen los 100 kW. El mecanismo de la compensación de excedentes es bastante simple, el exceso de producción no consumido en un mes, se restará en la factura de consumo de ese mismo mes.

Asimismo, la compensación simplificada se “resetea” cada mes, esto quiere decir que si, por ejemplo, un consumidor residencial se va vacaciones en agosto y su consumo es cero o muy bajo, el excedente de producción que no haya consumido ese mes, no se podrá llevar a otros meses con mayor consumo.

El autoconsumo puede resultar más favorable para ciertos sectores que tengan un perfil de consumo principalmente “diurno” como hoteles, supermercados, residencias de ancianos y oficinas, por ejemplo.

 

 

Estos autoconsumidores tienen la posibilidad de vender sus excedentes al mercado mayorista, para ello necesitarán la figura de un Representante, ecovatios, además de ser comercializador de energía de origen verde, opera en el mercado como Representante de autoconsumidores sin compensación simplificada de excedentes.

 

 

Durante el 2019 se llegaron a instalar más de 400 MW de AC, y si la tendencia continuara igual, es probable que en 2020 esa cifra se duplique finalizando el año con una potencia instalada que rondase entre 800 y 1000 MW adicionales.

Además, se está registrando un crecimiento bastante sano, no basado en incentivos estatales como en épocas pasadas, sino en una regulación razonablemente buena, que, básicamente, elimina barreras y que manda unos mensajes instruccionales favorables respecto del autoconsumo, y que entierran la funesta época del conocido como “impuesto al sol”.

 

Las trabas fundamentales están en las instalaciones residenciales y las están planteando algunos ayuntamientos. En el caso residencial, por las elevadas exigencias que plantean para proyectos que son técnicamente muy sencillos, motivado seguramente por el desconocimiento respecto del sector que tienen muchos técnicos municipales todavía sobre fotovoltaica. Es de esperar que estas barreras y requerimientos desproporcionados que se dan por parte de algunos ayuntamientos, se vayan modulando a medida que se su implementación aumente.

Por otro lado, dado que en España nunca ha existido un sector fotovoltaico residencial (conectado a la red) significativo, todavía no existe, en todos los territorios, una red de instaladores sólida, como si existe en el sector comercial/industrial, para la que sí que hay muchas empresas con una experiencia muy relevante. En este sentido podría ser importante contar con algún sello oficial de calidad para los instaladores, que garantizase una formación mínima y unos estándares de calidad.

 

 

En una instalación en tipo terciario o industrial en las que su actividad sea bastante constante durante el año (como puede ser el caso de supermercados, hoteles), podría obtener una rentabilidad en un período de entre 4 y 7 años, dependiendo de si hay o no excedentes, y de la radiación solar de cada emplazamiento.

En los casos, residenciales, en los que la curva de generación y el consumo no suelen coincidir y el 60% o 70% de la generación se produce en horas sin apenas consumo, se debe recurrir al mecanismo de compensación. Como los kWh compensados tiene un valor inferior, existen dos opciones, o bien se realiza una instalación muy pequeña (por ejemplo, de 1 kW), para que aumente la tasa de autoconsumo, o bien se instala una batería, pero en estos casos el retorno se alargará hasta los 8 y 12 años.

 

 

No creo que se instalen baterías en más del 5-10% de las instalaciones residenciales, aunque es probable que esto cambie, y el porcentaje aumente, a medida que se materialice la bajada de costes de las baterías.

El excedente de producción, se puede compensar en la factura del comercializador, pero con una limitación mensual, es decir, no se pueden llevar los excedentes de un mes de mucha producción y bajo consumo, a otro mes de baja producción y alto consumo.

Si quieres saber más sobre esto, te invitamos a que leas nuestra entrevista para Greentech.