El pasado 5 de abril de 2019  se aprobó el Real Decreto 244/2019 por el que se regulan las condiciones del autoconsumo en nuestro sistema eléctrico, sumándose al anterior Real Decreto-ley 15/2018, y completando así un marco regulatorio más seguro para los consumidores.

Desde ecovatios, queremos destacar la importancia del autoconsumo colectivo en estas nuevas circunstancias.

De manera general, podemos decir que son susceptibles de acogerse a autoconsumo colectivo aquellas instalaciones conectadas entre sí por su red interior o a través de redes próximas, como comunidades de propietarios o polígonos industriales.

El autoconsumo colectivo ofrece muchas opciones, pudiendo cubrir los consumos de energía de las zonas comunes de los autoconsumidores asociados, de instalaciones que suministren la energía a las viviendas, locales comerciales, naves industriales, o incluso abastecer solo a aquellos consumidores que hubieran decidido conectarse, y permitiendo que otros lo hagan posteriormente.

El Real Decreto habilita diversas posibilidades para las instalaciones de generación y que se resumen en la tabla siguiente (Fuente:IDAE):

autoconsumo colectivo

Desde ecovatios creemos que, aun existiendo otras posibilidades, la mayoritaria de los autoconsumidores colectivos optará por autoconsumo CON excedentes ACOGIDOS a compensación. En esta modalidad la energía que no se autoconsume se envía a la red y se compensa en la factura de cada autoconsumidor.

Desde ecovatios os animamos a autoconsumir y os intentaremos aclarar todas aquellas dudas que os surjan sobre este tema. Os esperamos.