Condiciones generales

1. Objeto del contrato

El objeto del presente contrato es el suministro de energía eléctrica por parte de Renewable Ventures, S.L.U. (en adelante, “ecovatios” o el “Comercializador”) en el punto de suministro del Cliente señalado en las condiciones particulares, a cambio del pago por este del precio pactado, y en el caso de clientes acogidos a cualquier de las modalidades de autoconsumo reflejadas RD 244/2019, según lo establecido en el apartado 28 de estas Condiciones Generales y en el Anexo de Autoconsumo.

 2. Autorizaciones y contrato de acceso a la red

2.1 El Cliente autoriza a ecovatios a suscribir con la Compañía Distribuidora, como mandatario o sustituto del mismo, los contratos de acceso a las instalaciones que sean precisos para el buen fin del contrato, de tal modo que la posición de ecovatios en el contrato de acceso será, a todos los efectos, la del Cliente.

2.2 Igualmente, el Cliente autoriza a ecovatios a que realice ante la Compañía Distribuidora cuantas gestiones sean necesarias para el buen fin del suministro, y a modificar y cancelar el contrato de suministro que con anterioridad a la fecha del presente contrato pudiera tener establecido el Cliente con otras empresas comercializadoras.

2.3 El Cliente se obliga a no resolver el contrato de acceso de terceros a la red (en adelante, el contrato de acceso o ATR) que ecovatios formalice en su nombre con la Compañía Distribuidora en tanto permanezca vigente el presente contrato de suministro, sin perjuicio de lo establecido reglamentariamente.

2.4 En cualquier caso, y de acuerdo con la normativa aplicable, el Cliente mantendrá con la Compañía Distribuidora todos los derechos relativos al contrato de acceso y, en caso de resolución del presente contrato, será titular del depósito de garantía que pudiese existir, así como de cualquier otro derecho asociado a la instalación, sin que pueda ser exigible, por parte de la Compañía Distribuidora, actualización alguna con motivo de la renovación contractual.

2.5 Asimismo, en virtud de esta autorización y en aplicación de la normativa aplicable, el Cliente queda eximido del pago de la tarifa de acceso a la Compañía Distribuidora siempre que demuestre estar al corriente de pago con ecovatios.

3. Carácter personalísimo

Este contrato de suministro tiene carácter personal, de forma que el Cliente deberá ser el usuario efectivo de la energía eléctrica suministrada, y no podrá utilizarla para usos distintos para los que fue contratada, ni cederla, enajenarla o ponerla a disposición de terceros.

4. Calidad del suministro

4.1 El suministro se realizará en las condiciones de calidad establecidas en la normativa vigente en cada momento, atendiendo a la continuidad del suministro y a la calidad del producto suministrado.

4.2 La Compañía Distribuidora de la zona donde radica el punto de suministro es la responsable de cumplir con los índices de continuidad y calidad relativos al suministro eléctrico, así como de las consecuencias derivadas de su incumplimiento, de conformidad con el Capítulo II del Título VI del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

4.3 ecovatios velará, en la medida de sus posibilidades, por que la Compañía Distribuidora cumpla los niveles mínimos de calidad exigidos legalmente, y a tal efecto colaborará con el Cliente en la defensa de sus intereses.

4.4 ecovatios tramitará las reclamaciones de los descuentos, bonificaciones e indemnizaciones que la Compañía Distribuidora deba satisfacer en caso de que se produzcan incumplimientos de la calidad y continuidad del suministro, de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000, y los trasladará al Cliente en la factura una vez sean abonados por aquélla.

4.5 Las reclamaciones del Cliente relativas a la calidad del suministro se regirán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 26 de estas condiciones generales.

5. Equipo de medida

5.1 El Cliente deberá disponer en el punto de suministro, durante la vigencia del contrato, de un equipo de medida en propiedad o en alquiler adecuado al volumen de energía suministrado, verificado, homologado y que cumpla los requisitos técnicos legalmente establecidos.

5.2 La conexión de las instalaciones y de los equipos de medida se realizará por la Compañía Distribuidora en las condiciones y plazos establecidos en los artículos 103 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, o en la normativa que los modifique o sustituya.

5.3 El equipo de medida servirá para realizar la lectura de la energía activa consumida por el Cliente, y en su caso, la energía reactiva y la potencia máxima registrada, de acuerdo a la legislación vigente.

5.4 El Cliente será responsable de su custodia y del cumplimiento del resto de obligaciones establecidas por la normativa vigente en relación con el mismo.

5.5 El Cliente notificará a ecovatios sin demora cualquier irregularidad o anomalía que detecte en el equipo de medida.

5.6 El Cliente permitirá, en todo momento, a ecovatios y a la Compañía Distribuidora, y a sus empleados o contratistas debidamente acreditados, el libre acceso a los equipos de medida y, en su caso, a los demás elementos que sean necesarios para la realización de las tareas de instalación, lectura, inspección, mantenimiento, control y verificación. Asimismo, el Cliente les facilitará el acceso a los datos de consumo.

5.7 El Cliente se compromete a no manipular ninguno de los componentes de la instalación, y en particular el equipo de medida, exonerando en todo caso a ecovatios de cualquier contingencia que pudiera derivarse del incumplimiento de esta regla, y sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le fueran exigibles por dicha manipulación.

5.8 En el caso de que el equipo de medida instalado, los transformadores u otros componentes estén en régimen de alquiler, el precio a satisfacer por el Cliente por los mismos será el que en cada momento facture la Compañía Distribuidora a ecovatios de acuerdo con la normativa vigente. Este precio incluye la instalación o adaptación de los equipos, el mantenimiento, la verificación y la validación de los consumos.

5.9 En caso de errores o manipulación del equipo de medida, ecovatios refacturará al Cliente las cantidades que correspondan según el criterio de la Compañía Distribuidora, sin perjuicio de las reclamaciones que el Cliente, directamente o a través de ecovatios, dirija a la Compañía Distribuidora.

6. Lecturas de consumos

6.1 La lectura de los consumos de energía registrados por el equipo de medida será realizada por la Compañía Distribuidora.

6.2 La realización de estimaciones de consumo, a falta de lecturas reales, tendrá lugar, cuando proceda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de estas condiciones generales. ecovatios utilizará estas estimaciones de consumo, además de a los efectos previstos en dicho artículo, para la liquidación de la medida frente al Operador del Sistema.

7. Potencia

7.1 Las potencias contratadas a las que se efectuará el suministro serán las indicadas en las condiciones particulares, siempre que dichas potencias sean aceptadas como válidas por la Compañía Distribuidora. En el caso de que la Compañía Distribuidora no aceptara las potencias solicitadas por el cliente, ecovatios podrá solicitar a la Compañía Distribuidora aquellas potencias más cercanas a las indicadas en las condiciones particulares.

7.2 Las potencias máximas que el Cliente puede consumir al amparo del presente contrato serán establecidas conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable al efecto, y será responsabilidad del Cliente la exactitud de los datos manifestados a ecovatios para la formalización del contrato.

8. Duración

8.1 El contrato entrará en vigor a la fecha de su activación por parte de la Compañía Distribuidora.

8.2 El contrato tendrá una duración de un (1) año a contar desde la fecha de comienzo del suministro.

8.3 El contrato se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos anuales, salvo que medie denuncia previa expresa de cualquiera de las partes con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha de vencimiento del contrato o de la prórroga en curso, sin que proceda por este hecho indemnización a cargo de ninguna de las partes. La denuncia podrá efectuarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 17 de este contrato.

8.4 En todo caso, el Cliente deberá abonar a ecovatios la totalidad de la energía suministrada hasta la fecha de baja efectiva, la cual será comunicada a ecovatios por la Compañía Distribuidora e implicará la fecha efectiva de finalización del contrato entre el Cliente y ecovatios.

9. Desistimiento anticipado durante el contrato a instancia del Cliente

El Cliente podrá desistir del contrato en cualquier momento, siempre que esté al corriente de pago, comunicándolo a ecovatios de forma expresa con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha en que dicho desistimiento deba surtir efecto, y sin que proceda ningún tipo de penalización por este concepto.

10. Desistimiento inicial a instancia del Cliente

10.1 En caso de contratación a distancia o cuando el presente contrato haya sido firmado fuera de un establecimiento de ecovatios y se encuentre dentro del ámbito de aplicación del artículo 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, el Cliente tendrá derecho a desistir del contrato sin necesidad de justificación y sin penalización de ninguna clase por este concepto.

10.2 El plazo para ejercer el derecho de desistimiento expirará a los 14 días naturales desde la fecha de celebración del contrato. Para cumplir el plazo de desistimiento, basta con que la comunicación relativa a su ejercicio sea enviada antes de que venza dicho plazo.

10.3 Para ejercer el derecho de desistimiento, el Cliente deberá notificar a ecovatios su decisión de desistir del contrato de forma inequívoca, a la dirección de correo postal o electrónico indicados en las condiciones particulares, según una fórmula similar a la siguiente:

A la atención de Renewable Ventures, S.L.U.

Calle Edgar Neville 6 (28020) Madrid

hola@ecovatios.com

En relación con el contrato de suministro de electricidad suscrito, ejerzo mi derecho a desistir del mismo, cuyos datos de identificación son los siguientes:

Nombre y apellidos o razón social del Cliente:

NIF:

CUPS:

Fecha y firma:

10.4 El Cliente tiene, asimismo, la opción de cumplimentar y enviar electrónicamente el modelo de formulario de desistimiento o cualquier otra declaración inequívoca a través del correo electrónico hola@ecovatios.com. Si el Cliente utiliza este medio, ecovatios le comunicará sin demora por correo electrónico la recepción de dicho desistimiento.

10.5 En caso de desistimiento, ecovatios devolverá al Cliente todos los pagos recibidos, sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la fecha en la que el Cliente comunique su decisión de desistir del contrato. ecovatios efectuará dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por el Cliente, a no ser que este haya dispuesto expresamente lo contrario; en todo caso, el Cliente no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso.

10.6 El Cliente autoriza expresamente a que el suministro de electricidad pueda comenzar, en su caso, durante el plazo de desistimiento. En caso de que se active el suministro en el periodo de desistimiento, el Cliente abonará a ecovatios un importe proporcional a la parte ya prestada del servicio en el momento en que haya comunicado su desistimiento, en relación con el objeto total del contrato.

11. Precio

 a) Determinación del precio 

11a.1 El precio del suministro será el establecido en las condiciones particulares y tendrá vigencia de un año. Pasado este periodo anual, ecovatios aplicará los precios vigentes en ese momento en la página web de ecovatios, para el caso de tarifas fijas, o bien los costes estipulados en el punto 12a.4 (incluyendo los gastos de gestión), para tarifas de tipo indexado (Tarifa Ahorro).

11a.2 El precio establecido en las condiciones particulares comprende:

a. El término de potencia, expresado en €/kW y día, que a su vez incluye el Peaje y los Cargos de Potencia establecido por la Administración Pública competente.

b. El término de energía, expresado en €/kWh, que a su vez incluye el Peaje y los Cargos de Energía establecido por la Administración Pública competente.

11a.3 El precio establecido en las condiciones particulares no incluye y, por tanto, serán de cuenta exclusiva del Cliente, los recargos por excesos de potencia y/o energía reactiva y el coste del uso del Equipo de Medida, cuando el mismo no sea propiedad del Cliente. Cualesquiera variaciones que afecten a estos conceptos serán repercutidas directamente al Cliente, desde la fecha que reglamentariamente se determine, sin que ello tenga la consideración de modificación del contrato y sin que sea causa de resolución del mismo.

11a.4 Igualmente, ecovatios repercutirá al Cliente cualquier importe reclamado por la Compañía Distribuidora en concepto de refacturaciones o resultados de actas de inspección relativas al punto de suministro del Cliente.

11a.5 Las promociones o descuentos sobre los precios se limitarán a las circunstancias específicas para las que se concedieron y tendrán una duración de un año desde el momento de la firma del contrato, a menos que se especifique de manera diferente en las condiciones particulares acordadas, sin que en ningún caso pueda generarse consolidación o derecho por el Cliente a su mantenimiento.

11.a.6 Los precios de los términos de potencia y de energía se actualizarán anualmente según la variación correspondiente al IPC publicada por el INE en el mes de enero del año siguiente respecto del ejercicio en que el contrato entró en vigor. Esta actualización se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al de la entrada en vigor del contrato y no tendrá carácter de modificación del contrato. No se actualizarán los precios según la variación correspondiente al IPC si este fuese negativo.

 b) Modificación de precios 

11b.1 ecovatios podrá modificar la parte no regulada de los precios de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de las presentes condiciones generales.

11b.2 El Cliente acepta que ecovatios ajuste la parte regulada de los precios (peajes y cargos o cualquier otro componente regulado) según las variaciones que la Administración Pública competente apruebe durante la vigencia del contrato, que serán trasladadas automáticamente a los precios, sin que ello tenga la consideración de modificación del contrato y sin que ello sea causa de resolución del mismo.

 c) Valores regulados 

11c.1 Se consideran valores regulados la tarifa de acceso, derechos de acometida, enganche y verificación, depósito de garantía y los demás que, de acuerdo con la normativa aplicable, corresponda percibir a la Compañía Distribuidora, ya sea para atender el suministro existente, para su ampliación o para atender a un nuevo suministro, así como cualquier otro concepto que se apruebe por disposiciones legales o reglamentarias y que afecte o incida sobre los precios, términos o conceptos asociados al suministro eléctrico.

11c.2 Los valores regulados serán de cargo del Cliente. ecovatios efectuará su pago a la Compañía Distribuidora y lo repercutirá al Cliente en la factura, de conformidad con la legislación aplicable en el momento del consumo.

11c.3 Cuando la Compañía Distribuidora exija a ecovatios, en virtud del contrato de acceso a la red, la entrega de depósito de garantía, ecovatios abonará dicha cantidad en nombre del Cliente, repercutiéndole su importe. La devolución del depósito de garantía al Cliente se 6 efectuará en el momento en que se resuelva formalmente el contrato de acceso y la Compañía Distribuidora realice el abono del mismo.

11c.4 Cualesquiera variaciones de las tarifas de acceso y de los valores regulados serán repercutidas directamente al Cliente, desde la fecha que reglamentariamente se determine, sin que ello tenga la consideración de modificación del contrato y sin que sea causa de resolución del mismo.

d) Tributos 

11d.1 Se entenderá que el precio no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido ni el Impuesto Especial sobre la Electricidad, que serán repercutidos al Cliente al tipo vigente en cada momento.

11d.2 El Cliente soportará todos los tributos que se originen en o a partir del punto de suministro en relación con el suministro de electricidad.

12. Facturación

 a) Base de facturación 

12a.1 ecovatios facturará al Cliente de acuerdo con la lectura del consumo real realizada por la Compañía Distribuidora. ecovatios utilizará a efectos de facturación, como norma general, los perfiles de consumo por tipo de cliente definidos por REE, pero podrá también utilizar los consumos horarios reales del cliente, cuando estos estén disponibles y si lo estima conveniente.

12a.2 Cuando no se disponga de la lectura del consumo real antes de la finalización del período de facturación, el Cliente autoriza expresamente a ecovatios a facturar con base en un consumo estimado, de acuerdo con el consumo realizado en el mismo período del año anterior; en su defecto, de acuerdo con el consumo promedio de las mensualidades anteriores que tuvieran consumos reales; y en su defecto, de acuerdo con criterios de proporcionalidad con respecto al consumo efectuado por clientes con las mismas características.

12a.3 La facturación efectuada con base en datos de consumo estimado será regularizada mediante las correspondientes facturaciones complementarias una vez conocido el consumo real.

12a.4 En el caso de que la opción de tarifa elegida en las Condiciones Particulares sea la de la Tarifa Indexada, para establecer el precio de la energía en cada período en la península, se calculará el valor horario de cada uno de los componentes del mercado eléctrico, siguiendo la siguiente fórmula:

Precio h=((PHMD+SSCC+ROMIE+RREE+CD+GG+INT+PC)*(1+%Perd.))*(1+Tasa Municipal))+Peaje E+ Cargo E+EE

Siendo, el significado de cada componente:

PHMD=Precio horario mercado diario, establecido diariamente por OMIE

SSCC=Servicios Complementarios REE

ROMIE y RREE= remuneración de REE y OMIE

CD=Coste de desvío propio

GG=Remuneración de ecovatios, denominada en las Condiciones Particulares Gastos de Gestión. A continuación, se muestran los valores que, de manera general, serán de aplicación para esta variable según cada una de las tarifas de acceso elegidas en las condiciones particulares:

  1. 2.0TD: 0,050 €/KWh
  2. 3.0TD: 0,025 €/KWh
  3. 6.1TD: 0,025 €/KWh
  4. 6.2TD: 0,025 €/kWh

INT=Interrumpibilidad

PC=Pagos por capacidad

Perd= Pérdidas del sistema, establecidas regulatoriamente.

Tasa Municipal= 1,5 %

Peaje E= Peaje de energía, establecido regulatoriamente

Cargo E= Cargos de energía, establecido regulatoriamente.

EE = Aportación al fondo de eficiencia energética, fijado en 0,25 €/MW

12a.5 En el caso de que la opción de tarifa elegida en las Condiciones Particulares sea la de la Tarifa Indexada, para establecer el precio de la energía en cada período en las Islas Baleares, se calculará el valor horario de cada uno de los componentes del mercado eléctrico, siguiendo la siguiente fórmula:

Precio h=((EIAD+IEPC+IECD+IESI3+RREE+GG)*(1+%Perd.))*(1+Tasa Municipal))+Peaje E+ Cargo E +EE

Siendo, el significado de cada componente:

EIAD=Coste horario de adquisición de la energía [SEIE]

IEPC=Precio horario de Pagos por capacidad

IECD=Coste del desvío [SEIE]

IESI3=Precio horario Interrumpibilidad

RREE= Remuneración de REE

GG=Remuneración de ecovatios, denominada en las Condiciones Particulares Gastos de Gestión. A continuación, se muestran los valores que, de manera general, serán de aplicación para esta variable según cada una de las tarifas de acceso elegidas en las condiciones particulares:

  1. 2.0TD: 0,050 €/KWh
  2. 3.0TD: 0,025 €/KWh
  3. 6.1TD: 0,025 €/KWh
  4. 6.2TD: 0,025 €/kWh

Perd= Pérdidas del sistema, establecidas regulatoriamente

Tasa Municipal= 1,5 %

Peaje E= Peaje de energía, establecido regulatoriamente

Cargo de E= Cargos de energía, establecido regulatoriamente

EE = Aportación al fondo de eficiencia energética, fijado en 0,25 €/MWh

b) Cuota fija/variable 

La factura recogerá, en función de lo indicado en las condiciones particulares, o bien el consumo real o estimado del período de facturación o bien una cuota fija mensual, que se fijará atendiendo a los consumos históricos y será regularizada anualmente en base al consumo real.

 c) Periodicidad 

12c.1 El período de facturación dependerá, en todo caso, de la periodicidad con que la Compañía Distribuidora aporte las lecturas de los consumos.

12c.2 ecovatios emitirá la factura en el plazo de los 30 días laborables siguientes a la recepción de la factura de peajes emitida por la Compañía Distribuidora a ecovatios.

 d) Contenido de la factura 

12d.1 Las facturas detallarán los consumos, indicando su carácter real o estimado, y los precios aplicados, así como el resto de conceptos objeto de facturación, impuestos y recargos aplicables, a los que se incorporarán, en su caso, todos aquellos que pudieran ser aprobados por la Administración durante la vigencia del contrato.

12d.2 La factura proporcionará información al Cliente sobre el origen de la energía suministrada, los impactos ambientales de las distintas fuentes de energía y la proporción utilizada entre ellas.

12d.3 La potencia a facturar para cada período se determinará de acuerdo con la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

12d.5 La facturación de la energía reactiva, cuando proceda, se realizará según lo establecido en la normativa aplicable.

 e) Envío de la factura 

12e.1 En cada período de facturación, ecovatios remitirá la factura al Cliente a la dirección de correo electrónico indicada en las condiciones particulares. El Cliente podrá acceder a sus facturas y al detalle de sus consumos en el Área de Clientes de la página web de ecovatios.

El Cliente podrá optar en todo momento, comunicándoselo a ecovatios, por recibir la factura en papel en su dirección postal indicada en las condiciones particulares, o en aquélla otra que a este efecto comunique a ecovatios.

13. Pago

 a) Medio de pago 

El pago de las facturas se realizará mediante domiciliación en la cuenta bancaria que el Cliente haya designado en las condiciones particulares. A tal efecto, el Cliente entregará a ecovatios la orden de domiciliación de adeudo directo SEPA debidamente cumplimentada y firmada en formato papel o bien mediante medios de validación electrónicos.

 b) Plazo de pago

El pago deberá producirse en la fecha en que la entidad bancaria del cliente reciba la comunicación del importe de la factura a abonar.

c) Mora 

13c.1 La demora en el pago total o parcial de la factura por parte del Cliente, por causas no imputables a ecovatios, devengará, sin necesidad de previo requerimiento, un interés de demora anual igual al interés legal del dinero más 2 puntos porcentuales sobre el importe pendiente a partir del día siguiente a la fecha prevista de pago y hasta el total abono de la factura.

13c.2 Serán de cargo del Cliente todos los costes financieros y de gestión ocasionados por el impago de la factura, siendo el importe mínimo imputable 10€ o 5% del importe de la factura cuando esta sea superior a 200€, con un máximo imputable en cualquier caso de 25€.

13c.3 En caso de impago y cumpliéndose con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1720/2007, ecovatios podrá proceder, previo requerimiento al Cliente, a la comunicación del mismo a los ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias. Igualmente, la información relativa a los impagos será incorporada al Sistema de Información de Puntos de Suministro de la Compañía Distribuidora, al que podrán tener acceso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y los comercializadores que lo soliciten.

 d) Imputación de pagos

Los pagos que realice el Cliente se imputarán en primer lugar a los intereses de demora y a los demás gastos que, en su caso, fuesen debidos, y posteriormente al capital. Si el Cliente tuviese contratados otros suministros y servicios con ecovatios y efectuase pagos parciales, podrá indicar a cuál de las deudas debe imputarse el pago, con arreglo a lo dispuesto en el Código civil. Si el Cliente no ejercitase esta facultad, una vez cubiertos los intereses y gastos, se imputarán los pagos 9 a las facturas vencidas de cualquier suministro o servicio prestado por ecovatios por orden de antigüedad.

14. Solvencia y garantía

14.1 La vigencia del presente contrato queda condicionada a la verificación de la solvencia del Cliente.

14.2 Como consecuencia de dicha verificación de solvencia, o en caso de que se produzca una situación de impago, ecovatios podrá condicionar la prestación o la reanudación del suministro a que el Cliente preste una garantía de pago suficiente en forma de depósito o aval bancario a primer requerimiento y con un año de validez. Este aval quedará sujeto a la aprobación de ecovatios.

14.3 ecovatios restituirá al Cliente la garantía recibida una vez finalizada la vigencia del contrato, reservándose la facultad de aplicar la parte correspondiente de la misma al pago de las deudas no satisfechas por el Cliente derivadas del presente contrato.

14.5 En el caso de que la garantía no sea constituida en el plazo de 10 días naturales desde que el Cliente haya sido requerido para ello por ecovatios, el presente contrato podrá ser resuelto por parte de ecovatios, sin que proceda por este hecho indemnización a cargo de ninguna de las partes.

15. Transmisión de la propiedad y del riesgo

La electricidad será suministrada en el punto de suministro del Cliente, y la titularidad, el riesgo y la responsabilidad respecto de la misma se transferirán al Cliente en dicho punto de suministro.

16. Responsabilidades de las partes

16.1 ecovatios responderá frente al Cliente del suministro de la energía eléctrica y de la contratación del acceso a la red, en las condiciones establecidas en el presente contrato y en la normativa aplicable.

16.2 El Cliente será el responsable de subsanar cualquier anomalía detectada y, en general, de mantener en adecuadas condiciones sus instalaciones de electricidad, sus aparatos de consumo, el alumbrado de emergencia y los equipos extintores de incendio, así como de hacer un uso adecuado de todos ellos y de realizar las revisiones y/o inspecciones obligatorias.

16.3 La Compañía Distribuidora responderá de la operación, del mantenimiento de las redes y de la disponibilidad y calidad del suministro de acuerdo con la normativa aplicable.

16.4 Las partes acuerdan que ni el Cliente ni ecovatios responderán en caso de incumplimiento del contrato de suministro por causa de fuerza mayor y, en especial, si existe una imposibilidad por parte de ecovatios de adquirir o de hacer llegar la energía eléctrica al Cliente por causas no imputables a ecovatios o por la intervención directa o indirecta de terceros ajenos al presente contrato.

16.5 Salvo en los casos de actuación dolosa y en los demás supuestos expresamente previstos en este contrato, ninguna de las partes será responsable frente a la otra por daños indirectos o lucro cesante derivados del incumplimiento del presente contrato, ni por daños indirectos o lucro cesante causados a terceros.

16.6 En ningún caso responderá ecovatios de los daños y perjuicios que se ocasionen al Cliente o a terceros por razón de acciones u omisiones del propio Cliente o de terceros que no sean directamente imputables a ecovatios y, en particular, por razón de cortes en el suministro eléctrico que traigan causa de acciones u omisiones imputables a la Compañía Distribuidora.

17. Contratación a distancia: medios electrónicos o telefónicos

17.1 Si el contrato se hubiera celebrado por medios telemáticos o telefónicos, el Cliente declara conocer y acepta las condiciones particulares y generales que lo integran.

17.2 Todas aquellas cuestiones relacionadas con el presente contrato podrán ser efectuadas por medios telefónicos o telemáticos, mediante claves y códigos de identificación y otros elementos de seguridad facilitados por ecovatios o por terceros de confianza proveedores de servicios de certificación contratados a tal efecto por ecovatios. En particular, podrán efectuarse a través de estos medios la aceptación y firma por parte del Cliente de las condiciones generales y particulares de contratación y de la orden de domiciliación bancaria SEPA, la realización de comunicaciones y requerimientos entre las partes y la contratación de otros productos y servicios de ecovatios.

17.3 Las direcciones postales, electrónicas y telefónicas a efectos de lo dispuesto en este artículo serán las establecidas en las condiciones particulares, que podrán ser modificadas por el Cliente en todo momento mediante comunicación a ecovatios. El Cliente deberá mantener actualizados sus datos de contacto y notificación.

17.4 Las partes acuerdan que el consentimiento expresado por el Cliente y por ecovatios mediante los medios de comunicación previstos en este artículo tenga plena validez jurídica.  

18. Modificación del contrato

a) Con derecho de resolución

18a.1 La modificación de las condiciones del presente contrato, tanto generales como particulares, salvo que sea consecuencia de la normativa aplicable, será notificada por ecovatios al Cliente con una antelación mínima de un (1) mes a su entrada en vigor, informándole de su derecho a resolver el contrato sin penalización alguna si no estuviese de acuerdo con dicha modificación. El Cliente podrá efectuar dicha manifestación a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 17 de este contrato.

18a.2 En caso de que el Cliente no hubiera manifestado su intención de resolver el contrato dentro del plazo de un (1) mes a contar desde la notificación, se entenderá que acepta la modificación.

b) Sin derecho de resolución

Cuando con posterioridad a la fecha de este contrato se aprueben, promulguen, ratifiquen o modifiquen disposiciones legales o reglamentarias de índole administrativa, mercantil o tributaria, o se modifique la interpretación judicial o administrativa de dichas disposiciones o de las ya existentes a la fecha del contrato, en virtud de las cuales ecovatios sufra un aumento de coste o una alteración de las condiciones de prestación del suministro directamente relacionadas con el cumplimiento de sus obligaciones, y en particular cuando se modifiquen las condiciones económicas del contrato de acceso, ecovatios podrá aumentar el precio proporcionalmente, previa comunicación escrita al Cliente, de modo que se restablezca el equilibrio económico de la prestación a la que viene obligado ecovatios, y sin que ello sea causa de resolución del contrato.

c) Modificación de la tarifa o de la potencia a iniciativa del Cliente

18c.1 A solicitud del Cliente, siempre que se encuentre al corriente de pago, ecovatios tramitará ante la Compañía Distribuidora cualquier modificación de la tarifa o potencia contratada. El pago de los correspondientes conceptos regulados, así como las modificaciones técnicas necesarias para que el suministro sea conforme con la normativa vigente, serán por cuenta del Cliente.

18c.2 La modificación de la tarifa o potencia contratada queda supeditada a la concesión por parte de la Compañía Distribuidora de la nueva potencia solicitada, que no podrá ser superior a la potencia máxima técnicamente admisible de la instalación y legalmente reconocida, y a la aceptación de las nuevas condiciones económicas que regirían en el caso de un cambio de tarifa comunicadas por ecovatios a la realización de la solicitud.

18c.3 La tarifa y/o potencia modificada surtirá efecto desde la fecha de activación por parte de la Compañía Distribuidora.

d) Exclusiones

18d.1 No se considerará modificación del contrato por parte de ecovatios la finalización del periodo de validez anual de cualquier descuento, promoción o tarifa especial acordada a la firma del contrato.

Se considerará descuento, promoción o tarifa especial, cualquier precio diferente del vigente en el momento de la firma del contrato:

i. respecto de la página web de ecovatios, para las tarifas fijas

ii. respecto de lo estipulado en el punto 12a.4 (que incluye los gastos de gestión), para las tarifas de tipo indexado (Tarifa Ahorro)

19. Cesión del contrato

19.1 Siempre que el Cliente esté al corriente de pago, podrá solicitar a ecovatios el cambio de titular del contrato a favor de un tercero que vaya a realizar un uso de la instalación del Cliente en las mismas condiciones pactadas con este en el presente contrato. El cambio sólo se hará efectivo después de la aceptación por escrito de ecovatios.

19.2 ecovatios gestionará ante la Compañía Distribuidora la regularización del contrato de acceso, a cuya efectividad quedará condicionado el cambio.

19.3 ecovatios podrá ceder el presente contrato con las modificaciones que hubiera experimentado y los derechos y obligaciones dimanantes del mismo a cualquier sociedad que esté legalmente habilitada para prestar el servicio de suministro objeto del contrato, sin necesidad de consentimiento del Cliente, bastando a tal efecto la oportuna comunicación al mismo.

20. Condiciones suspensivas

ecovatios podrá condicionar el inicio del suministro al cumplimiento de las siguientes condiciones:

20.1 Que la Compañía Distribuidora haya concedido el acceso a la red a los efectos del presente contrato.

20.2 Que el Cliente no tenga deuda vencida pendiente con otra Empresa Comercializadora o Distribuidora.

20.3 Que el Cliente cuente con la solvencia necesaria y, en su caso, preste la garantía conforme 12 a lo previsto por el artículo 14 de las presentes condiciones generales.

20.4 Que el titular del contrato sea el efectivo titular del contrato ATR o que el Cliente haya entregado a ecovatios el modelo de solicitud de cambio de titular debidamente firmado o presentado justo título respecto a la instalación donde se efectuará el suministro.

20.5 Que haya pasado el plazo de desistimiento sin que el Cliente haya hecho uso del mismo.

21. Suspensión del suministro

a) Por impago

En caso de que el Cliente incumpliera cualquiera de los pagos en el momento de su vencimiento, ecovatios podrá proceder al requerimiento de dicho pago transcurridas las 24 h desde la fecha de vencimiento, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 17. El Cliente, por su parte, deberá satisfacer el importe debido en un plazo no superior a las 48h desde el requerimiento de pago.

Si superado dicho plazo el Cliente no hubiera satisfecho la totalidad de los importes debidos a ecovatios, ecovatios podrá solicitar la suspensión o baja del suministro de electricidad del Cliente a la Compañía Distribuidora que corresponda.

Será considerada deuda el importe correspondiente al pago de la factura o facturas emitidas por los servicios de suministro de electricidad, y adicionalmente los gastos de devolución, intereses de demora que fueran de aplicación, así como, si llegase a producirse, todos los conceptos regulados imputables a la suspensión y eventual reposición del suministro, incluidas las penalizaciones que repercuta la Compañía Distribuidora, el coste de la baja del contrato de acceso, así como el pago del importe de las facturas de peaje que la Compañía Distribuidora presente a ecovatios durante el período de suspensión o baja, todo ello de conformidad con los costes establecidos en la normativa vigente aplicable, no siendo atribuibles costes no previstos en el presente contrato o que la normativa del sector eléctrico no establezca.

El ejercicio por ecovatios del derecho a la solicitud de suspensión o baja del suministro a la Compañía Distribuidora, no exime al Cliente de la obligación de pago de las cantidades adeudadas conforme a lo establecido en el contrato.

b) Otros supuestos

ecovatios podrá suspender el suministro de electricidad en los siguientes casos:

21b.1 La detección de una situación de fraude o enganche directo, la manipulación del equipo de medida o control o cuando se impida su correcto funcionamiento, o la existencia de desviaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.

21b.2 Los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor. En estos casos, ecovatios actuará en nombre e interés del Cliente frente a la Compañía Distribuidora para reclamar el restablecimiento del suministro lo antes posible.

21b.3 Cuando se impida el acceso, en horas hábiles, al local o locales donde se encuentren las instalaciones que deba inspeccionar ecovatios o la Compañía Distribuidora.

21b.4 Los demás supuestos previstos en la normativa eléctrica vigente y, especialmente, el incumplimiento de cualquier obligación que se imponga al Cliente como usuario del servicio, por razones de seguridad o riesgo para personas o bienes, o la realización de tareas necesarias de mantenimiento, reparación, ampliación o sustitución de instalaciones.

22. Terminación del contrato

a) Causas de terminación

Son causas de terminación del presente contrato:

22a.1 El mutuo acuerdo entre las partes.

22a.2 La expiración de su duración inicial o de cualquiera de sus prórrogas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.

22a.3 La imposibilidad legal de tramitar la suspensión del suministro, cuando haya lugar a ella de conformidad con el artículo 21.

22a.4 La no aceptación por el Cliente de la modificación de las condiciones comunicadas por ecovatios, en los términos previstos en el artículo 18.

22a.5 El desistimiento por parte del Cliente, en los términos previstos en los artículos 9 y 10.

22a.6 La no comunicación de forma fehaciente por parte del Cliente a ecovatios de la situación de insolvencia o declaración de concurso que le afecte.

22a.7 El incumplimiento por el Cliente de cualquiera de los pagos en el momento de su vencimiento, pasadas 48 h desde el requerimiento por parte de ecovatios del pago del importe adeudado, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 17.

22a.8 El incumplimiento de cualquiera de las partes de las demás condiciones del contrato y, en especial, el uso de la energía suministrada para finalidad o uso distinto del establecido en el presente contrato o el incumplimiento por parte del Cliente del compromiso de no resolver el contrato ATR mientras esté vigente el presente contrato de suministro.

22a.9 La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento del contrato.

22a.10 Las demás previstas en las presentes condiciones generales.

b) Efectos

22b.1 El ejercicio por ecovatios del derecho a resolver el contrato no exime al Cliente de la obligación de pago de las cantidades adeudadas conforme a lo establecido en el mismo.

22b.2 La resolución del contrato facultará a ecovatios a exigir a la Compañía Distribuidora la suspensión del suministro y a tramitar la baja del punto de suministro, siendo de cargo del Cliente la tramitación del cambio de Empresa Comercializadora.

22b.3 En caso de resolución del contrato por impago, el Cliente estará obligado a abonar a ecovatios las cantidades debidas junto con los intereses de demora pactados y demás conceptos previstos en el artículo 13 de las presentes condiciones generales.

22b.4 Independientemente de la finalización de la relación contractual entre ecovatios y el cliente, la empresa mantiene la obligación de conservar los datos del cliente durante el tiempo legalmente exigible, sin que puedan hacer uso de los mismos sin causa legítima para ello.

c) Ineficacia por no concesión del acceso a la red

En caso de que el acceso a la red de distribución no se concediese antes de dos (2) meses desde la firma del presente documento, el contrato quedará condicionado a la revisión, por acuerdo entre las partes, de las condiciones económicas para el punto de suministro objeto del mismo. En caso contrario se entenderá como no suscrito.

23. Tratamiento de datos personales

23.1 El cliente consiente expresamente que los datos personales proporcionados así como cualquier otro que pudiera facilitar a lo largo de la relación contractual, puesto que para ello se le recaba el consentimiento expreso, sean incluidos en un fichero privado, automatizado o no, cuyo responsable es RENEWABLE VENTURES S.L.U., con NIF B87161543 y domicilio social en la Calle Edgar Neville 6 28020, Madrid, que garantiza su seguridad y tratamiento confidencial, con la finalidad de llevar a cabo la gestión propia de la actividad, el mantenimiento, desarrollo y control de la relación contractual.

23.2 Así mismo el cliente consiente expresamente puesto que se recaba su consentimiento expreso para ello, la grabación, en su caso, de las llamadas telefónicas que realice a los números de contacto de ecovatios a los efectos de control de las llamadas y gestión de las incidencias y de las reclamaciones. Todos los datos recabados por ecovatios, así como los anteriores tratamientos, son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual

23.3 El Cliente es responsable de la veracidad de los datos comunicados en todo momento a ecovatios, comprometiéndose a solicitar su modificación o rectificación, siempre que fuese necesario, para asegurar una correcta prestación de los servidos contratados.

23.4 En caso de que, para la gestión del presente contrato, hayan de comunicarse datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas de aquélla que efectúa la contratación, el Cliente se obliga a informar previa y expresamente al titular de esos datos del contenido de esta cláusula y a obtener su consentimiento, con carácter previo a la comunicación de los mismos, de acuerdo con lo exigido en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales así como por lo dispuesto en el RGPD 679/2016.

23.5 El Cliente consiente expresamente que ecovatios pueda consultar ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito y cumplimiento e incumplimiento de obligaciones dinerarias. Asimismo, el Cliente consiente expresamente que dicha información sea almacenada en un fichero titularidad de ecovatios y tratada con la finalidad de valorar la solvencia económica del Cliente.

23.6 Cuando sea necesario para la prestación de los servicios contratados, el Cliente expresamente autoriza a ecovatios a comunicar a terceras empresas sus datos personales a efectos de su tratamiento para esta finalidad concreta.

23.7 El Cliente consiente expresamente que ecovatios realice un tratamiento de sus datos de consumo energético con la finalidad de que el Cliente pueda acceder al detalle de los mismos, y con el objeto de proponerle medidas de ahorro energético en relación con ellos. El acceso a los datos de consumo por parte del Cliente se realizará en la página web de ecovatios o en una plataforma gestionada por un tercero en nombre de ecovatios. A tal efecto, el Cliente consiente expresamente que ecovatios ceda a dicho tercero sus datos de consumo con este exclusivo objeto, comunicándole el nombre y dirección del cesionario de los mismos. Los datos de consumo tendrán, en todo caso, carácter confidencial.

23.8 El Cliente puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad y la limitación u oposición de los datos personales mediante escrito dirigido a RENEWABLE VENTURES, S.L.U., Calle Edgar Neville 6, 28020 Madrid, o bien mediante correo electrónico dirigido a hola@ecovatios.com o mediante el teléfono de atención al cliente 900 820 832. El responsable del tratamiento de los datos es la entidad RENEWABLE VENTURES, S.L.U.

24. Comunicaciones comerciales

24.1 El Cliente consiente expresamente que ecovatios pueda dirigirle comunicaciones comerciales relacionadas con el suministro objeto del presente contrato o con productos o servicios a través de los medios facilitados.

24.2 El Cliente puede revocar su consentimiento al envío de comunicaciones comerciales mediante escrito dirigido a RENEWABLE VENTURES, S.L.U., Calle Edgar Neville 6, 28020 Madrid, o bien mediante correo electrónico dirigido a hola@ecovatios.com o mediante el teléfono de atención al cliente 900 820 832.

25. Régimen jurídico y fuero

25.1 Este contrato se regirá por las estipulaciones contenidas en el mismo y por la legislación española vigente que le sea aplicable, en particular, por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y por la normativa que la desarrolle y modifique.

25.2 En caso de discrepancia entre las condiciones generales del contrato y las condiciones particulares, prevalecerán estas últimas.

25.3 Todas las controversias que pudieran surgir entre las partes en relación con este contrato se someterán a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, salvo cuando sea de aplicación el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en cuyo caso serán competentes los Juzgados y Tribunales del lugar de prestación del suministro.

26. Reclamaciones

El Cliente podrá realizar a ecovatios las reclamaciones que estime pertinentes en relación con el presente contrato, a través de la página web, del correo electrónico, del teléfono de atención al cliente o mediante escrito dirigido a la dirección que se indica en las condiciones particulares. Cuando se trate de incidencias que afecten a la medida, calidad del suministro, acceso u otras cuestiones que sean responsabilidad de la Compañía Distribuidora, el Cliente deberá dirigirse a ésta. No obstante, el Cliente podrá presentar la correspondiente reclamación o discrepancia ante ecovatios, que la remitirá a la Compañía Distribuidora, para que proceda a corregir, en su caso, la medida, a emitir dictamen sobre incidencias en la calidad del suministro y/o a realizar aquellas actuaciones necesarias relacionadas con el acceso a la red de distribución.

27. Bono Social

El titular del contrato de suministro de energía eléctrica con la empresa RENEWABLE VENTURES SL, renuncia expresamente, mediante la firma de este contrato, a la aplicación del bono social y, por tanto, renuncia al correspondiente descuento en la factura sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) a la que tendría derecho si el titular del contrato, o su unidad familiar, cumpliese alguno de los requisitos definidos en el RD-ley 15/2018.

28. Autoconsumo

28.1 En lo relativo a Autoconsumo el presente Contrato se regirá por el RD 244/2019.

28.2 En el caso de que el Cliente disponga de una instalación de autoconsumo, el Cliente autoriza a ecovatios a suscribir con la Compañía Distribuidora, como mandatario o sustituto del mismo, los contratos de acceso a las instalaciones que sean precisos para el buen fin del contrato, de tal modo que la posición de ecovatios en el contrato de acceso será, a todos los efectos, la del Cliente.

28.3 Igualmente, el Cliente autoriza a ecovatios a que realice ante la Compañía Distribuidora cuantas gestiones sean necesarias para el buen fin del contrato de Autoconsumo, y a modificar y cancelar el contrato de Autoconsumo que con anterioridad a la fecha del presente contrato pudiera tener establecido el Cliente con otras empresas comercializadoras.

28.4 Para los contratos de Autoconsumo, el Cliente deberá permanecer durante al menos un (1) año en la modalidad de Autoconsumo elegida desde la fecha de activación, teniendo en cuenta las excepciones existentes en el RD 900/2015, de 9 de octubre, para el primer cambio en la modalidad de autoconsumo.

28.5 El Cliente únicamente podrá acogerse a una sola de las modalidades de Autoconsumo existentes.

28.6 Para la modalidad de Autoconsumo Con Excedentes Acogido a Compensación Simplificada, ya sea individual o colectivo, la compensación se realizará dentro del periodo mensual de facturación y según lo indicado a continuación:

a. ecovatios realizará la compensación utilizando la información de las lecturas enviadas por la Empresa Distribuidora de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Autoconsumo.

b. El precio de la energía excedentaria que el Comercializador aplicará a través del mecanismo de compensación simplificada será el establecido en el Anexo de Autoconsumo de las Condiciones Particulares. Excepto que se establezca de manera diferente en el Anexo de Autoconsumo de las Condiciones Particulares, el valor de la energía excedentaria a compensar será de 50€/MWh.

c. El importe a compensar por la energía excedentaria será, como máximo, el valor económico del término de energía, excluyendo en el cálculo de la compensación el importe de los peajes y de los cargos (RD 244/2020). En ningún caso se podrá compensar con el término de potencia. El precio pactado en el Anexo de Autoconsumo para la Energía excedentaria se aplicará sobre las cantidades a facturar antes de impuestos.

d. El Cliente cede las Garantías de Origen generadas como consecuencia de la energía vertida a la red en virtud del presente Contrato, las cuales son cedidas por el Cliente a ecovatios en el momento de su generación.

28.7 El Cliente deberá disponer en el Punto de Suministro del equipo de medida necesario para la correcta facturación de todos los conceptos y servicios del sistema eléctrico que les resulten de aplicación, ser bidireccional para cualquiera de las modalidades de Autoconsumo o, disponer de un equipo de medida en cada uno de los puntos frontera, sin perjuicio de las alternativas previstas por el RD 244/2019.

28.8 En las modalidades de Autoconsumo Con Excedentes, tanto el Cliente como el titular de la instalación de generación serán responsables solidarios de las incidencias provocadas a la red de transporte o distribución de conformidad con lo establecido por la Ley 24/2013, el RD 1699/2011, el RD 1955/2000 y RD 244/2019.

28.9 Para la modalidad de Autoconsumo con excedentes No acogido a Compensación simplificada, ya sea individual o colectivo, el Cliente deberá suscribir el correspondiente contrato de representación en el mercado eléctrico al no resultar de aplicación el RD 244/2019.